Real Decreto 1373/2003 del 7 de noviembre.
Sección 2ª. Juzgados de Menores.
Artículo 66. Primera y segunda instancia.
1. Por su intervención ante los Juzgados de Menores, percibirá el procurador 29,72 euros.
2. Por las apelaciones de las resoluciones de dichos juzgados, se percibirán 37,15 euros.


